La juez del Tribunal Supremo (TS) a cargo de la instrucción del ‘caso Tsunami Democràtic’ ha acordado el archivo de la causa penal abierta por terrorismo contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg.
La magistrada Susana Polo ha adoptado esta decisión tras recibir el auto por el que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón archivó la causa de ‘Tsunami Democràtic’, después de que la Sala de lo Penal invalidara todas las diligencias acordadas en los últimos tres años porque se prorrogó la investigación el 30 de julio de 2021, 24 horas fuera de plazo.
En un auto de este mismo martes, Polo ha precisado que el 29 de julio de 2021 era el «límite temporal» para haber realizado diligencias de investigación y que antes de dicha fecha «no se había acordado ni tomado declaración a ninguno de los investigados –tampoco ha tenido lugar la de los aforados en la presente causa– lo que impide que las actuaciones puedan continuar por los trámites del procedimiento abreviado».
La instructora ha explicado que la decisión de García Castellón de archivar la causa en la Audiencia Nacional «sin duda afecta» al procedimiento abierto en el Supremo. En concreto, porque la exposición razonada que el juez instructor elevó en 2023 al alto tribunal se dictó fuera del plazo fijado por la ley.
«Como es sabido, las posteriores diligencias, realizadas fuera del plazo preclusivo marcado en la ley para la realización de actos de investigación judicial, deben ser apartados del proceso y no servirán para conformar la decisión sobre la prosecución de las actuaciones», ha señalado.
Así las cosas, ha explicado que «de conformidad» con lo que fija la ley, lo pertinente es decretar el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones para Puigdemont y Wagensberg.
Ni el expresidente catalán ni el diputado de ERC en el Parlament llegaron a declarar de forma voluntaria ante el Supremo. La juez les había citado para que comparecieran por videoconferencia entre el 17 y el 21 de junio, pero ante la aprobación de la ley de amnistía y su eventual entrada en vigor, la instructora acordó suspender dichas declaraciones.
Posteriormente, la magistrada instructora preguntó a las defensas y a las acusaciones si veían pertinente consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) –a través de una cuestión prejudicial– sobre la posibilidad de amnistiar el terrorismo atribuido a Puigdemont y Wagensberg.
La defensa del expresidente catalán presentó un escrito este mismo martes en el que aseguraba que no tenía inconveniente con que se consultara al TJUE. Finalmente, sin embargo, la juez ha archivado la causa.