Áurea Peralta, edil de Bienestar Social

El área de Bienestar Social de Benalmádena recuerda que continúa abierto el plazo para solicitar el Bono Carestía

La edil de Bienestar Social, Áurea Peralta, informó ayer jueves a los medios en rueda de prensa que la Junta de Andalucía ha puesto en marcha el bono de carestía, dirigido a familias, objetivo prioritario del área, con un plazo abierto hasta el 11 de mayo.

Peralta señaló que la iniciativa consiste en un pago único de 200 euros –que se abonará mediante transferencia bancaria– para familias empadronadas en Andalucía y con, al menos, un menor a su cargo. Esta ayuda está destinada a apoyar a las unidades familiares andaluzas afectadas “por la sobrecarga que supone el incremento de precios generalizado de los productos y suministros, en hogares cuyos ingresos anuales en 2022 fueron inferiores a tres veces el IPREM anual vigente” (21.600 euros). 

Además de contemplar los ingresos familiares según el IPREM, el beneficiario deberá ser residente en algún municipio de Andalucía y contar con un menor de 18 años a su cargo sobre el que ostente la guarda y custodia y que además se encuentre empadronado en el mismo domicilio.

Solicitud

La edil de Bienestar Social animó a todos los benalmadenses que cumplan los requisitos a rellenar la solicitud, que debe presentarse exclusivamente a través de medios electrónicos con toda la información en www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25438.html.

Desde Bienestar Social informan de que, de acuerdo con el art. 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud es presentada presencialmente, las Administraciones Públicas requerirán al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

El plazo máximo para resolver y notificar la concesión o no de esta ayuda será de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

Consentimiento

No es necesario acompañar la solicitud de otros documentos si la persona solicitante y el resto de personas que conviven con la misma no ejercen su derecho de oposición a la consulta de datos y prestan el consentimiento expreso para la consulta de los datos tributarios. 

No obstante, para que las personas distintas de la persona solicitante presten su consentimiento expreso para la consulta de los datos tributarios, se deberá adjuntar a la solicitud del Bono Carestía, documento firmado conforme al siguiente modelo: Consentimiento expreso datos renta. 

En el caso de no consentir la consulta de los datos tributarios, se deberá adjuntar copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2022 o, en su defecto, certificado de retenciones de rendimientos percibidos o declaración de ingresos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 

Si, una vez presentada su solicitud, desea renunciar a ella para presentar una nueva solicitud en sustitución de la anterior, deberá desistir expresamente de la primera. 

Ello podrá hacerlo preferentemente a través de su expediente electrónico en el procedimiento “Bono Carestía”, presentando un escrito dirigido a la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones de acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pacto Social

Este Bono Carestía se enmarca dentro del Pacto Social y Económico por el Impulso de Andalucía, suscrito entre la Junta, la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), UGT-A y CCOO-A. Cuenta con un presupuesto de 12 millones de euros con cargo al ejercicio 2024 y de esta prestación se estima que se beneficiarían un total de 60.000 hogares andaluces.

Comparte esta noticia